FG
Unidad de Transparencia

Lic. Fátima Gil Sánchez

Directora de la Unidad de Transparencia, Información Municipal y Protección de Datos Personales

Correo transparencia@gomezfariasjal.gob.mx Teléfonos 341 433 00 90 · 341 433 03 99 Domicilio Leandro Valle 5, Col. Centro, San Sebastián del Sur, C.P. 49120 Horario Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas
01

Artículo 8

Información fundamental completa: marco jurídico, planeación, finanzas, gestión pública y las trece fracciones de ley.

Consultar
02

Directorio de servidores públicos

Titulares de las áreas, cargos, comisiones edilicias y datos de contacto institucionales.

Consultar
03

Plan Municipal de Desarrollo

Plan Municipal de Desarrollo y Gobernanza vigente para la administración 2024–2027.

Abrir PDF
04

Cuenta Pública

Cuenta pública municipal del ejercicio 2024, presentada ante la Auditoría Superior del Estado.

Abrir PDF
05

SEvAC y armonización contable

Evaluación de la armonización contable, formatos CONAC e informes trimestrales de finanzas públicas.

Consultar
06

CIMTRA

Indicadores de la Colectiva Ciudadanos por Municipios Transparentes y sus evidencias documentales.

Consultar
07

Reglamentos municipales

Reglamentos expedidos por el Ayuntamiento, organizados por administración, dentro de la fracción II inciso d).

Consultar
08

Aviso de privacidad

Tratamiento de los datos personales que recaba este sujeto obligado y derechos ARCO.

Consultar
09

Formato de solicitud

Formato para presentar una solicitud de acceso a la información pública ante esta Unidad.

Descargar
10

Plataforma Nacional de Transparencia

Presente su solicitud en línea y dé seguimiento a su folio desde el sistema nacional.

Ir al sitio
11

Comité de Transparencia

Integración del Comité, calendario de sesiones y actas aprobadas.

Consultar
12

Estadística de solicitudes

Solicitudes de información recibidas y atendidas, de 2020 a 2025.

Consultar
13

Órgano Interno de Control

Área encargada del control interno, la vigilancia y las responsabilidades administrativas.

Consultar
14

Misión y visión

Principios institucionales que orientan la actuación del Gobierno Municipal.

Consultar
15

Artículo 15

Información fundamental específica de los ayuntamientos: actas de sesiones, gaceta municipal, convenios, desarrollo urbano y consejos ciudadanos.

Consultar
16

Actas de sesiones del Ayuntamiento

Libro de actas de las sesiones de cabildo, actas de comisiones edilicias y orden del día.

Consultar
17

Periódico Municipal

Órgano oficial de difusión y publicación del Gobierno Municipal.

Abrir PDF
18

Nóminas y remuneraciones

Remuneraciones mensuales por puesto y nóminas del sujeto obligado, dentro de la fracción de información financiera.

Consultar
19

Información proactiva y focalizada

Información pública ordinaria que este sujeto obligado difunde por iniciativa propia.

Consultar

No se encontraron resultados. Pruebe con otra palabra.

Preguntas Frecuentes

Es el derecho que tiene toda persona de buscar, recibir y difundir información del gobierno.  Las dependencias pondrán a disposición de los ciudadanos los medios idóneos para buscar y encontrar la información que desean saber.

Toda la que sea considerada Información Pública. Es decir, la que generan los Sujetos Obligados como consecuencia de su quehacer cotidiano.

La información se clasifica en Información Pública Fundamental, Información Pública Ordinaria, Información Pública Confidencial, Información Pública Reservada.

Puedes acudir personalmente  a la Unidad de Transparencia, te proporcionarán un formato de solicitud;  puede ser por Internet a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, por correo electrónico ó por via telefónica.

Sí.  Se debe informar al solicitante dentro de la resolución, el link en que se encuentra la información y, en caso de que no tenga acceso a Internet, poner a su disposición los medios necesarios para acceder a la misma.

Solamente cuando el medio de entrega es la consulta directa de documentos, la cual no tiene costo, se hará en el lugar donde se encuentren los documentos, presente el acuse de la solicitud y una identificación oficial.

Para una solicitud de información, debe resolver y notificar al solicitante dentro de los ocho días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. Cuando la solicitud de información sea relativa a expedientes médicos o datos sobre la salud del solicitante, debe resolverse y notificarse al solicitante dentro de los cuatro días hábiles siguientes a la admisión de la solicitud.

El acceso y consulta de la información pública es gratuito.

Únicamente tiene costo cuando se reproduce la información mediante copias simples y pasan de veinte hojas, copias certificadas, discos compactos, etc. de conformidad con lo establecido en la ley de Ingresos.

La falta de notificación de la respuesta de una solicitud de información en el plazo que establece la ley, es una causa de procedencia de recurso de revisión.

Es el medio de defensa del solicitante de la información en contra de una resolución del sujeto obligado. El recurso de revisión puede presentarse siempre que el solicitante quede inconforme con la respuesta que el sujeto obligado dió a su solicitud ó en caso de no recibir respuesta.

Son los derechos de Acceso, Rectificación Cancelación y Oposición, que el titular de los datos personales puede ejercer.

Acudir a la Unidad de Transparencia, donde se te entregara un formato para solicitar el acceso, a tus datos personales en posesión del Sujeto Obligado

Scroll al inicio